Acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos de cualquier contrato (capacidad, consentimiento, causa licita, objeto lícito).
MODALIDADES DE CONTRATO SEGÚN SU DURACIÓN
El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo determinado por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por un tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio.
- CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO FIJO
- Si al vencer el contrato ninguna de las partes avisa por escrito la terminación del mismo, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado.
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA EN EL CONTRATO A TERMINO FIJO
Todo contrato de trabajo lleva la condición resolutoria por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable. Esta indemnización comprende: El lucro cesante y el daño emergente.
Las indemnizaciones en los contratos a termino fijo serán en los siguientes términos:
(…) el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.
Supongamos que un trabajador fue contratado el día 12 de septiembre de 2014 con un contrato a termino fijo de 7 meses; con un salario mensual de $1.200.000, pero fue despedido injustamente el día 22 de diciembre de 2014.
Así las cosas tenemos:
12/09/2014 al 11/10/2014= 30 días
12/10/2014 al 11/11/2014=30 días
12/11/2014 al 11/12/2014= 30 días
12/12/2014 al 22/12/2014= 11 días
En total el trabajador ha laborado 101 días, hasta su despido, pero como el contrato terminaba el día 11 de abril de 2015, tenemos:
22/12/2014 al 11/01/2015= 19 días
12/01/2015 al 11/02/2015= 30 días
12/02/2015 al 11/03/2015= 30 días
12/03/2015 al 11/04/2015= 30 días
Al trabajador le faltaban por laborar 109 días, entonces:
Valor día de trabajo= salario/días
VdT= $1.200.000/30
VdT= $40.000
Indemnización= valor día de trabajo*días dejados de laborar
I= $40.000 * 109
I= $4.360.000.oo
Nota: a medida que evolucionemos en el aprendizaje de todo lo relacionado al tema laboral agregaremos los demás datos de indemnización o liquidación a que haya lugar del ejercicio.
CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
ARTICULO 47 DEL CÓDIGO LABORAL COLOMBIANO
El contrato de trabajo a termino indefinido puede ser oral o escrito, y tendrá vigencia mientras subsistan las causas que origen y la materia de trabajo.
El trabajador podrá darlo por terminado mediante aviso escrito con antelación no inferior a treinta (30) días para que el empleador busque un reemplazo.
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA
1. Cuando el salario es inferior a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, se reconocerán:
- 30 días por el primer año laborado
- 20 días por los siguientes años laborados
- pago proporcional - formula: (valor del salario de 20 días/360)* días laborados
Ejemplo: Un persona ingresó a laboral del 01/01/2010 y fue despedido el día 6/03/2015, con un salario de $3.100.000.oo
Total tiempo laborado: 5 años, 2 meses y 6 días
Tenemos:
01/01/2010 al 31/12/2010 por este primer año, 30 días $3.100.000.oo
01/01/2011 al 31/12/2011 a partir del segundo año 20 días
$3.100.000/30 *20 = 2.066.666, esta suma se multiplica por los años restantes en este caso 4 años.
01/01/2012 al 31/12/2012
01/01/2013 al 31/12/2013
01/01/2014 al 31/12/2014
01/01/2015 al 06/03/2015
en total por los 5 años: $11.366.666
por 2 meses y 6 días: aquí se aplica la regla de la proporcionalidad
(Valor del salario de 20 días/360)*días trabajados
($2.066.000.oo/360)*66 días=$378.888
Total valor para pago de indemnización: $11.745.554.84